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miércoles, 24 de septiembre de 2014

Retirada de la Ley del Aborto por falta de consenso

El Gobierno ha retirado de ley de protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada, que pretendía sustituir a la actual legislación de 2010 que permite la libre interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14.

La ley de Gallardón era más restrictiva que el de 1985, ya que eliminaba el supuesto de aborto en caso de malformación del feto y solo permitía la interrupción del embarazo en caso de violación o de riesgo para la salud de la madre.

En España se han practicado en torno a 1,7 millones de interrupciones voluntarias del embarazo al amparo de la ley desde la despenalización del aborto en 1985 hasta 2011.



CLAVES DE LA LEY QUE SE HA RETIRADO EL 23/09/2014

- Solo permite la interrupción del embarazo en dos supuestos: en caso de riesgo para la salud de la madre o de violación. En el primer caso el plazo para abortar es de 22 semanas, mientras que para la agresión sexual son 12 semanas y debe presentarse la denuncia. En caso contrario, NO se puede abortar.

- Se elimina el supuesto para abortar debido a una malformación del feto. Solo deja una puerta abierta para estos casos, supeditada a que la anomalía del feto ponga en riesgo la salud física o psíquica de la madre. Para ello necesitará un informe sobre su salud mental y también otro que acredite el diagnóstico de la anomalía fetal.

- Cuando el embarazo suponga un peligro grave para la salud física o psíquica de la mujer, el aborto podrá realizarse hasta la semana 22, siempre que quede acreditado en un informe realizado por dos médicos distintos al facultativo que lo practique y de diferentes centros sanitarios.
Después de que los facultativos hayan evaluado a la mujer, esta recibirá información "verbal" de la mano de un "colaborador del sistema público" sobre las alternativas a la interrupción de su embarazo.
Luego, la mujer deberá esperar un periodo de siete días de reflexión para abortar.

- Si la gestación supone un peligro vital para la vida de la madre o para su salud, derivado de una anomalía del feto incompatible con la vida que no se hubiera detectado antes, no habrá limite de tiempo para aportar.

- Con este borrador de la ley, el Gobierno apuesta por una ley de supuestos y acaba con la ley actual de plazos, que fija el aborto libre como un derecho de la mujer hasta la semana 14 y hasta la 22 en caso de riesgo para la vida o salud de la madre, o graves anomalías en el feto.

- Este texto aleja a España de la Unión Europea, donde la mayoría de países cuenta con una ley de plazos.

- Las chicas de 16 y 17 años volverán a necesitar el permiso de sus padres o tutores para poder abortar. Si hubiera controversia entre ellos, el juez considerará que es válido el consentimiento de la menor salvo que constate su falta de madurez, en cuyo caso resolverá atendiendo a su interés.

- Aborto fuera de los supuestos estipulados en la norma no tendrá ningún tipo de reproche penal para la mujer. Gallardón no ha especificado, sin embargo, si habrá sanción administrativa. "Es la primera vez en la historia de España en que se libera a la mujer de la posibilidad de sufrir cualquier reproche penal", ha afirmado Gallardón. "La mujer nunca es culpable, siempre es víctima", ha añadido. Lo que sí ha asegurado es que el médico que se salte la ley y practique un aborto sin tener en cuenta estos supuestos sí será sancionado según la normativa vigente.

- Se permite la objeción de conciencia de todos los médicos que participen en el proceso de interrupción del embarazo. La objeción deberá ser comunicada al director del centro dentro de los cinco días a empezar a trabajar, aunque también prevé que se pueda modificar el ejercicio de este derecho en cualquier momento.

 - Se prohíbe la publicidad de los centros médicos o de los procedimientos para interrumpir voluntariamente el embarazo.

Nos vemos en clase! Carmen

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